Las estipulaciones contenidas en este documento establecen el modelo de comportamiento que se espera de cada uno de los colaboradores pertenecientes a Nijei SpA, a la vez que fija las pautas básicas que deben seguir, en el desempeño de sus funciones, los Gerencias, ejecutivos y trabajadores.
Este Código de Ética no pretende cubrir todas las situaciones posibles que puedan presentarse en la actividad cotidiana, por lo que debe tenerse como una guía que se complementa con el sentido común y lo que estipulan las leyes, decretos, reglamentos y demás instrumentos del ordenamiento jurídico vigente en cada país donde opera el Grupo.
Nijei SpA es una empresa que brinda oportunidades para un trabajo decente, que les da derecho a todos de compartir el progreso y generación de empleos de calidad para toda la población y de esta manera aportar a la reducción de la tasa de desempleo y mejorar los niveles de productividad.
Así mismo, se protegen los derechos laborales y se promueve la creatividad y la innovación, además de fomentar la formalización y el crecimiento de las microempresas y las pequeñas y medianas empresas.
Nijei SpA es una empresa que brinda oportunidades para una producción y un consumo responsable, y que busca siempre reducir considerablemente la generación de desechos mediante actividades de reutilización de productos, para lograr la gestión sostenible y el uso eficiente de los recursos naturales.
Nijei SpA es una empresa comprometida con adoptar medidas urgentes para cuidar la vida de ecosistemas terrestres y busca mejorar la sensibilización y la capacidad humana e institucional respecto de la mitigación del cambio climático, y de la adaptación de prácticas de consumo más sostenibles con el objetivo de preservar el medio ambiente
Nijei SpA es una empresa comprometida con la vida submarina y busca impactar, mediante sus operaciones y estrategias organizacionales, el ecosistema marino.
Asimismo, busca prevenir y reducir significativamente la contaminación marina de todo tipo.
Nijei SpA es una empresa comprometida con poner fin a todas las formas de discriminación contra todas las mujeres y las niñas, cualquier forma de violencia, o práctica nociva.
MISIÓN: Ofrecemos productos de cosmética natural creados con los más altos estándares de calidad, basados en nuestro compromiso con la producción responsable, y buscando cuidar la piel de nuestros clientes y el medioambiente.
VISIÓN: Ser una empresa referente de la cosmética natural en Chile, que lidera en innovación, ciencia y sostenibilidad.
PROPÓSITO: Nutrir, cuidar y tratar tu piel conectando con la naturaleza para expresar tu propia belleza natural.
DenunciasNijei SpA posee un procedimiento de denuncias que tiene como objetivo proveer canales de información a trabajadores propios, contratistas, subcontratistas, clientes, proveedores, accionistas y cualquier persona que considere que ha sido testigo del tipo de prácticas mencionadas en el objetivo de este Procedimiento.
La denuncia frente a violaciones del Código de ética o la Ley es de carácter obligatorio para todos los trabajadores.
Cualquier trabajador denunciante gozará de completa inmunidad laboral respecto del tema denunciado, en la medida que no se encuentre involucrado o implicado en el hecho.
Toda denuncia o reporte contará con la garantía de confidencialidad y anonimato del denunciante por defecto, a menos que su identidad sea estrictamente necesaria.
Nijei SpA actuará decididamente respecto a cualquier denuncia de prácticas contra el Código de ética o a la Ley.
Nijei SpA no dará lugar a falsas denuncias, reportes o revelaciones maliciosas de cualquier tipo y tomará acciones disciplinarias cuando ello ocurra, conforme la gravedad de la denuncia o reporte malicioso.
Procedimiento de denunciaSi un denunciante tiene conocimiento de la ocurrencia de algún hecho que signifique una contravención seria o pueda violar o viole la ley N° 20.393, sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, el Código de Ética y/o cualquier materia relacionada al incumplimiento regulatorio, control interno y Estados Financieros, deberá seguir el siguiente procedimiento:
Si después de cumplido el mes la investigación aún no ha concluido, la Gerencia podrá solicitar al Comité de Ética una extensión de la misma.
Si el Comité aprueba la extensión de la investigación, esta se prolongará como máximo un mes más. Si rechaza la extensión, deberá emitir un informe con lo avanzado a la fecha, exponiendo sus conclusiones y recomendaciones.
Este informe deberá describir:
Estará constituido por 3 miembros los cuales son los siguientes:
Actuar siempre en forma responsable, impidiendo de manera especial toda forma de corrupción, cohecho, extorsión o soborno, ya sea estos por acción u omisión. En toda circunstancia prevalecerá el interés de la empresa por sobre el individual.
Respeto
Mantener con todos los trabajadores una relación basada en el respeto mutuo, el trato deferente y no discriminatorio, promoviendo el desarrollo profesional vía el reconocimiento del mérito, valoración de las competencias y evaluación objetiva del desempeño.
Nijei SpA reconoce la libertad más absoluta en los aspectos ideológicos, políticos, religiosos y filosóficos de cada uno de sus colaboradores. Sin embargo, se exigirá respeto hacia la dignidad de todos sus colaboradores y una conducta honesta y mesurada en su quehacer diario, no sólo en el ejercicio de sus cargos, sino también en su vida social como ciudadanos.
Los trabajadores de Nijei SpA deben abstenerse de ejercer acoso o presión indebida sobre sus compañeros de trabajo. Esto incluye cualquier clase de trato vejatorio y humillante, sin distinción.
Seguridad y Salud Ocupacional
Reconocer en la Seguridad y Salud Ocupacional valores que deben ser cautelados por medio de practicar y promover una cultura preventiva que estimule el actuar prudente y el hábito del autocuidado, tanto para trabajadores propios como de empresas colaboradoras.
Conductas personales
Queda estrictamente prohibida la posesión, venta y consumo de alcohol y drogas ilícitas en sus dependencias. La tóxica dependencia resulta completamente incompatible con las actividades del giro de la Empresa, por lo que es obligación ineludible de todos sus integrantes contribuir a evitar su penetración.
Acoso sexual y Discriminación
El compromiso de Nijei SpA es no aceptar prácticas de acoso sexual y/o laboral ni conductas que conlleven a cualquier tipo de discriminación.
Las relaciones laborales deberán siempre fundarse en un trato compatible con la dignidad de la persona. Es contrario a ella, entre otras conductas, el acoso sexual, entendiéndose por tal el que una persona realice en forma indebida, por cualquier medio, requerimientos de carácter sexual, no consentidos por quien los recibe y que amenacen o perjudiquen su situación laboral o sus oportunidades en el empleo.
Mobbing o acoso laboral
En Nijei SpA no se permitirán prácticas de agresión física o psicológica, que pueden ser devastadoras para los colaboradores afectados.
Discriminación
Los colaboradores no deben discriminar respecto del origen, nacionalidad, orientación política, religión, raza, género, edad u orientación sexual.
Nijei SpA está en contra de cualquier tipo de corrupción, por ende, no realiza ni acepta sobornos ni permite a cualquier otra persona realizar o recibir sobornos en su nombre. Participar de cualquier forma de corrupción, incluyendo ofrecer, prometer, dar, aceptar o solicitar pagos con el propósito de obtener ventaja comercial está estrictamente prohibido.
Cada uno de los trabajadores es responsable de entender y cumplir todas las leyes de anticorrupción aplicables a la actividad desarrollada.
Nijei SpA vela por el fiel cumplimiento de la Ley y normativas vigentes en cada uno de los países donde tiene presencia.
Cumplir y respetar la legislación vigente, por ser ésta el marco de referencia fundamental para el accionar de las empresas y las personas.
En especial, se debe cautelar el respeto a las disposiciones de la ley sobre libre competencia, absteniéndose de ejecutar o participar en acciones de cualquier clase que la entorpezcan, alteren o impliquen conductas que puedan considerarse de carácter monopólico.
Evitar toda situación que constituya o pueda llegar a constituir un conflicto de intereses entre las partes involucradas en una acción o decisión.
Un conflicto de interés se produce cuando los intereses personales de un colaborador o los intereses de un tercero compiten, en forma real, potencial o aparente, con los intereses de la empresa.
Algunos de los ámbitos en los que se puede presentar conflicto de interés son: Conflicto de interés por relaciones personales con proveedores, con personas de la competencia, participación en otros negocios que compitan o colisionen con los intereses de la empresa, aceptar remuneraciones de terceros por asesorías profesionales no comunicadas a sus superiores, etc.
Situaciones como las descritas puede influir indebidamente en la necesaria objetividad e integridad en la toma de sus decisiones, al sobrevenir una contraposición entre los intereses propios y los institucionales.
En caso de identificarse un caso de conflicto de intereses, la persona expuesta debe dar cuenta inmediata, por escrito, a su superior jerárquico y abstenerse de participar de cualquier acto que potencialmente pueda verse afectado por dicha condición.
Ofrecer servicios de excelente calidad en forma competitiva, que garanticen la satisfacción de los clientes. Construir vínculos de largo plazo basados en la confianza e identificar oportunidades de desarrollo y crecimiento futuro para mutuo beneficio.
Establecer con los proveedores y colaboradores externos relaciones de cooperación, promoviendo prácticas de total transparencia en los negocios. Privilegiar para su selección criterios técnicos y comerciales objetivos, ajenos a toda parcialidad o favoritismo.
Garantizar en forma permanente el manejo confidencial de toda la información comercial y de negocios generada en el vínculo con clientes y proveedores.
Basar la competencia comercial en un trato justo y equitativo, evitando toda posibilidad de abuso de posición dominante.
No ofrecer ni recibir atenciones ni regalos cuando estos pudieran constituir un compromiso, influencia o ser percibidos razonablemente como incentivos que puedan interferir deliberadamente en la independencia, imparcialidad o criterio de la persona que debe tomar una decisión vinculada con los intereses de la empresa.
Se exceptúan los obsequios y regalos corporativos que las empresas hayan seleccionado para entregar a sus clientes o proveedores.
Los viajes de invitación están expresamente prohibidos, ya que generan una actitud de compromiso con terceros totalmente indeseable. Las excepciones serán analizadas y autorizadas por la gerencia.
Proteger los activos de Nijei SpA, los que sólo podrán ser utilizados para el desarrollo de actividades y negocios legítimos.
Las oportunidades de negocios que surjan del conocimiento o la información que se obtengan en el desempeño de los diferentes cargos son propiedad de la empresa y, por lo mismo, no serán usadas para beneficio propio ni utilizadas para competir con los intereses de la empresa.
Los colaboradores no competirán con la Empresa ni tampoco tomarán ventaja personal de las oportunidades comerciales que se le presenten durante el transcurso de su relación laboral, a menos que la empresa haya abandonado expresamente su interés de concretar dicha oportunidad, y el colaborador renuncie a la compañía para poder dedicarse a sacarla adelante.
No está permitido al personal realizar otras actividades profesionales, a menos que haya sido expresamente autorizado para tal efecto.
El personal de la empresa no puede tener un empleo o labor remunerada fuera de Nijei SpA, salvo expresa autorización de la gerencia y en tanto su empleo externo no interfiera con su capacidad de realizar su trabajo con Nijei SpA y que haya realizado las consultas respecto de las políticas y contratos de trabajo, que pueden imponer restricciones adicionales.
En especial, no se puede colaborar o proporcionar de algún u otro modo servicios ni recibir pagos, de cualquier cliente, proveedor o competidor de la Empresa. Cualquier excepción debe contar con la aprobación previa por escrito de su superior directo y la gerencia antes de aceptar cualquier pago y/o reembolso de gastos.
Sólo podrán actuar en representación de la empresa aquellas personas que hayan recibido poder formal para ello, ya sea por la naturaleza de su cargo o por delegación expresa.
Cuando actuaciones del ámbito personal puedan prestarse para confusión con aquellas de representación de la empresa, la persona involucrada debe hacer expresa y oportuna aclaración del carácter de las mismas.
Mantener registros financieros contables fidedignos y actualizados, de acuerdo con los principios, normativas y prácticas legales vigentes en cada uno de los países donde participemos. La información proporcionada a la gerencia, la administración, auditores internos y externos, instituciones fiscalizadoras, organismos públicos y privados debe ser oportuna, veraz, entendible, seria, confiable y completa.
Fraude es la acción mediante engaño o aprovechándose del error en que la otra parte se halle, se apropia ilícitamente de una cosa o alcanza un lucro indebido.
Los colaboradores nunca deberán verse envueltos en un accionar fraudulento u otra conducta deshonesta que involucre los bienes, activos o registros financieros y la contabilidad de Nijei SpA o de un tercero. Esto no sólo puede dar lugar a la aplicación de sanciones disciplinarias sino también resultar en la formulación de cargos penales.
La información confidencial es aquella información que, por sus características, no es de conocimiento público. La misma incluye secretos comerciales, planes de negocio, comercialización y servicios, ideas de ingeniería y construcción, diseños, bases de datos, registros, información sobre sueldos y cualquier otra información comercial, financiera o de otra índole no publicada o informada de manera general al mercado.
Parte importante de la gestión de los negocios de Nijei SpA, se basa en el uso adecuado de su información confidencial y en la no divulgación de ésta a terceros. A menos que así lo exija la ley o lo autorice la gerencia, los colaboradores no revelarán la información confidencial ni permitirán su divulgación. Esta obligación subsiste hasta un año después de extinguida la relación laboral. Además, los colaboradores deben utilizar sus mejores esfuerzos a fin de impedir la revelación no intencional de la información teniendo especial cuidado al guardar o transmitir la información confidencial. Ello incluye la precaución respecto de dejar o mantener a la vista en impresoras y escritorios, documentos cuya información requiera un tratamiento confidencial y de exigir acuerdos de confidencialidad en los casos de entrega de información a terceros por servicios profesionales o consultorías.
La empresa respeta el hecho de que terceros tengan un interés similar en proteger su información confidencial. En caso de que terceros tales como socios de una alianza comercial, proveedores o clientes compartan información confidencial con la empresa, dicha información recibirá el mismo cuidado que recibe la información confidencial de la empresa. En este mismo sentido, los colaboradores protegerán la información confidencial que hayan obtenido durante sus empleos anteriores.
En lo que respecta a la entrega de información relativa, ya sea a medios de comunicación, clientes, proveedores, etc. ésta deberá presentar total ajuste a la realidad y cumplir con las condiciones y restricciones que Nijei SpA ha establecido para ello y sólo podrá ser realizada por personal expresamente autorizado para ello.
Los colaboradores de la empresa tendrán especial cuidado de mantener la reserva respecto de todas las materias e información sensible que conozcan en razón de su cargo, y no podrán bajo ninguna circunstancia comentarla -formal o informalmente- a compañeros de trabajo, familiares o personas externas. La divulgación de rumores, juicios personales, calumnias y todo otro tipo de información incorrecta, que puedan provocar un daño de imagen al Grupo o bien de alguna de las Sociedades que la componen, a sus colaboradores o a terceras personas será investigada y el o los responsables recibirán las sanciones que corresponda.
Las personas que tengan acceso y trabajen con información sensible tendrán especial cuidado en manejarla con la discreción y cuidado que se requiere, especialmente en lo que se refiere a su almacenamiento y custodia en lugares seguros (Política de Privacidad de Datos).
La administración de Nijei SpA coordinará las acciones necesarias para la adecuada difusión del contenido de este Código de Ética entre sus trabajadores, los que deberán suscribir una Carta de Compromiso de respetar y cumplir con sus estipulaciones.
Se proveerán instancias formales y regulares para aclarar dudas y discutir situaciones donde puedan presentarse conflictos éticos. El Reglamento Interno de Nijei SpA deberá hacer expresa referencia al presente Código de Ética.
Nijei SpA se compromete a ser transparente y ético en la relación con sus clientes, se tendrán precauciones con los siguientes puntos:
Las modificaciones al Código de Ética de Nijei SpA podrán ser sugeridas por cualquier integrante del Comité de Ética en reuniones ordinarias y podrán considerar la incorporación de nuevos principios o la modificación de alguno ya establecido. La moción deberá ser discutida por el Comité de Ética y para ser aprobada deberá ser sometida a votación y contar con la aceptación de al menos 2/3 de los integrantes de dicha instancia.
Una vez aprobada la modificación, se deberá ajustar el código en un plazo no superior a un mes y para que entre en vigor deberá antes comunicarse de manera interna con la Gerencia y las Jefaturas y luego con los demás estamentos de la empresa por los canales que se estimen convenientes. Asimismo, la inducción del Código de Ética realizada al personal recién ingresado deberá ser modificada para incluir los cambios aprobados.
Definición de términos y como deben interpretarse en este procedimiento
En sentido legal, los códigos penales y la doctrina definen al “delito” como toda aquella conducta (acción u omisión) contraria al ordenamiento jurídico del país donde se produce. La palabra delito deriva del verbo latino delinquiere, que significa abandonar, apartarse del buen camino, alejarse del sendero señalado por la Ley. Basta con que se produzca la acción de “ofrecer”, “prometer” o “dar” para que el delito se entienda consumado.
Consiste en ofrecer, prometer o efectuar intencionalmente un pago indebido a un funcionario público, con la finalidad de que este realice u omita la realización de una determinada actuación oficial.
Se refiere a la persona que, por cualquier medio, solicite, recaude o provea fondos con la finalidad de que se utilicen en la comisión de cualquiera de los delitos terroristas señalados en la Ley 18.314 (artículo 2°). Dentro de los delitos comprendidos en dicho artículo encontramos entre otros:
Operaciones que buscan ocultar o disimular la naturaleza, origen, ubicación, propiedad o control de dinero y/o bienes obtenidos ilegalmente. Implica introducir en la economía activos de procedencia ilícita, dándoles apariencia de legalidad al valerse de actividades lícitas, lo que permite a delincuentes y organizaciones criminales disfrazar el origen ilegal de su producto, sin poner en peligro su fuente. La ONU define en la Convención de Viena el lavado de activos como “subterfugio para formalizar flujos financieros informales de procedencia ilícita, particularmente el narcotráfico o como la introducción subrepticia de activos de origen ilícito en los canales legítimos de la economía formal”. Los delitos base del lavado de dinero incluyen, entre otros, el narcotráfico, la corrupción, el cohecho, la malversación de caudales públicos y el uso de información privilegiada. Se incluyen como delitos afectos a lavado de activos aquellos cuyo origen deriven de:
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